Comunicado
de la Secretaría de Estado de Minería ante la resolución de la Cámara Federal
de Tucumán
Ante el reciente
fallo de la Cámara Federal de Tucumán que ordena suspender las actividades en
los yacimientos Bajo de la Alumbrera y Bajo El Durazno, “a fin de que se
realicen los informe periciales in situ (…), y hasta que las demandadas
acrediten fehacientemente haber cumplido con la contratación de un seguro de
cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la
recomposición del posible daño, según el art. 22 de la Ley General del Ambiente
25.675”, ante una causa iniciada en 2010 en el Juzgado Federal de Catamarca,
por Felipa Cruz y otros, que consistía en un amparo contra Minera Alumbrera con
medida cautelar, por supuesta contaminación, la Secretaría de Estado de Minería
(SEM) desea expresar a la sociedad que:
ü En
materia ambiental:
§ Minera
Alumbrera cuenta efectivamente con una póliza de seguro de caución emitida por la
empresa Testimonio Compañía de Seguro SA, en cumplimiento al art. 22 de la Ley
General del Ambiente, con vigencia hasta el 26 de mayo de 2018, para sus
actividades en la Provincia de Catamarca. Cabe aclarar que la autoridad de
aplicación en esta materia (Ley Ambiental 25.675) es la Secretaría de Estado de
Ambiente de Catamarca.
§ La
Secretaría de Estado de Minería informó en su oportunidad que la tesis doctoral
del Ing. Nieva –que respalda la demanda interpuesta por la Sra. Cruz y otros-,
carece de sustento técnico, por lo cual no puede ser considerada evidencia
objetiva o al menos única evidencia para adoptar una medida de tales
características.
§ Con
respecto al dique de cola, se consigna que es un dique filtrante cuya
funcionalidad está dada por los 23 pozos de retrobombeo funcionando aguas
abajo. Estos pozos bombean la solución filtrante y la devuelven al proceso de
producción. Todo este sistema evita una modificación ambiental, apoyado también
por 30 pozos de monitoreo en funcionamiento, que lo controlan. Esto es
fiscalizado y monitoreado por la SEM, a través de la Dirección de Gestión
Ambiental Minera.
§ Un
dato importante es que este sistema de retrobombeo NO DEBE DETERNERSE porque el
sistema se encuentra en equilibrio formando parte de la operación del dique.
Por otra parte, este sistema debe continuar funcionando por el transcurso de 20
años una vez concluida la etapa de producción de la mina (financiamiento que
está contemplado en el plan de cierre de mina que viene trabajando la SEM).
§ La
SEM le exige a la empresa realizar periódicamente monitoreos isotópicos y de
metales traza en la cuenca del río Vis Vis.
§ La
SEM, a su vez, realiza sus propios monitoreos de agua tanto subterránea como
superficial en dicha cuenca, a través del Departamento de Geoquímica Ambiental,
certificado por las NORMAS ISO 9001:2015.
§ En
2014, la SEM a partir de un pedido la Gobernadora de la Provincia, solicitó a
la empresa consultora IATASA la realización de un informe sobre la estabilidad
física y estructural del dique de cola. Este tuvo continuidad en 2016 y 2017, al
que se sumó un informe sobre estabilidad química. Este trabajo realizado por
una consultora externa independiente avala la tarea de control que viene
ejecutando sostenidamente la SEM.
Así, dado que la SEM
es autoridad de aplicación en todo el territorio provincial en materia
ambientalminera y realiza periódicamente un efectivo trabajo de monitoreo y
control sobre todos los proyectos mineros radicados en la provincia, se considera
necesario que la Provincia solicite a través de la DIPGAM, participar de las
pericias dispuesta por la Justicia y que oportunamente se lleven a cabo.
ü En
el aspecto socio económico, se advierte
que ante la suspensión de las actividades en los proyectos en cuestión:
Ø Peligran 2.200 puestos de trabajo directos,
entre empleados y contratistas.
Ø Catamarca
dejaría de recaudar:
§ 120
millones de pesos en concepto de regalías, previstos para 2017.
§ 34
millones en Ingresos Brutos e Impuesto Automotor.
§ 27
millones de canon de agua.
Ø La
Nación dejaría de recaudar alrededor de 1.200 millones de pesos, por distintos
conceptos.
Ø Se
dejarían de percibir 4 mil millones de pesos en compra y contrataciones de
bienes y servicios:
§ 266
millones corresponden tan solo a Catamarca.